REGISTRO MERCANTIL

miércoles, 29 de octubre de 2008

REGISTRO MERCANTIL
CENTRALSECCIÓN DE DENONIMACIONES
PRINCIPE DE VERGARA, 94
TELÉF. 91.568125228005 MADRID





SOLICITUD DE CERTIFICACIÓN

A) En caso de CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD, indíquese el nombre y apellidos o denominación social, de uno de los socios fundadores: Cristina Ortega Rodríguez


B) En caso de CAMBIO DE DENOMINACIÓN (Indicar el nombre de la sociedad)__________Sociedad Limitada Laboral ______________________________________________________________________



DENOMINACIONES SOLICITADAS (1)

DENOMINACIÓN SOCIAL (2)
1º.)
H2O_____________________________________________________________________________

FORMA O TIPO (3)
2º.)
BadajozSurf___________________________________________________________

FORMA O TIPO
3º.)
Aqua______________________________________________________________________

Nombre y apellidos del representante: Cristina Ortega Rodríguez


N O T A S


(1) Al formular la solicitud, deben tenerse en cuenta las siguientes normas:

a) Se entiende solicitada la certificación sólo en cuanto a la primera denominación que no aparezca reservada o restringida.

b) La solicitud debe formularse escrita a máquina o con letras mayúsculas, sin enmiendas ni tachaduras, y en las casillas del formulario.

c) No deben incluirse anagramas en la denominación.

d) Para determinar si existe o no identidad entre dos denominaciones, se prescindirá de las indicaciones relativas a la forma social o de aquellas otras cuya utilización venga exigida por la ley.
(Art. 408, 3 RRM)


(2) Introduzca la denominación social que quiere certificar SIN la forma social.

(3) Indicación de la forma social. (Art. 403 RRM). Este cuerpo sólo debe cumplimentarse cuando para la indicación de la forma social, se utilicen siglas. Por ejemplo: S.A.; S.L.; etc.

1. En la denominación social debe figurar la indicación de la forma social de que se trate o su abreviatura. En el caso de que figura le abreviatura, se incluirá éste al final de la denominación.

2. En las denominaciones de la sociedad inscribible, sólo podrán utilizarse las siguientes abreviaturas.

1ª.- S.A. para Sociedad Anónima.
2ª.- S.L. o S.R.L. para la Sociedad de Responsabilidad Limitada.
3ª.- S.C. o S.R.C. para la Sociedad Colectiva.
4ª.- S. En C. o S. Com para la Sociedad Comanditaria Simple.
5ª.- S. Com p. A. para la Sociedad Comanditaria por Acciones.
6ª.- S. Coop. para la Sociedad de Cooperativa.
7ª.- S. G. R. para la Sociedad de Garantía Recíproca.
8ª.- S. A. L. para la Sociedad Laboral.
9ª.- S. I. M. para la Sociedad de Inversión Mobiliaria de Capital Fijo.
10ª.- S. I. M. C. A. V. para la Sociedad de Inversión Mobiliaria de Capital
Variable.

3. En el caso de Sociedades Mercantiles especiales se estará a lo dispuesto en la legislación que les sea especialmente aplicable.

4. En las denominaciones de los Fondos inscribibles sólo podrán utilizarse las siguientes
abreviaturas:

1ª.- F. I. M. para el Fondo de Inversión Mobiliaria.
2ª.- F. I. A. M. M. para el Fondo de Inversión de Activos del Mercado
Monetario.
3ª.- F. P. para el Fondo de Pensiones.

5. En las denominaciones de las Agrupaciones de Interés económico, sólo podrán utilizarse las siguientes abreviaturas:

1ª.- A. I. E. para la Agrupación de Interés Económico.
2ª.- A. E. I. E. para la Agrupación Europea de Interés Económico.

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